sábado, 20 de diciembre de 2008

La Justicia suspendió la libertad de Astiz y el "Tigre" Acosta

La decisión fue tomada por la misma cámara de casación que el jueves adoptó el polémico fallo que beneficiaba a otros represores, entre ellos los de la Causa Brusa de Santa Fe, y que cometieron gravísimos delitos durante la dictadura
La liberación de los represores excarcelados por la Cámara de Casación, entre ellos Jorge "Tigre" Acosta y Alfredo Astiz, quedó suspendida este viernes ante la presentación de apelaciones contra esa medida por parte de la fiscalía, que buscará llegar a la Corte Suprema de Justicia.
La decisión fue adoptada por la misma sala II que el jueves concedió el cese de las prisiones preventivas a los represores de la Esma y otros causas y ahora ordenó suspender esa medida, ante un planteo del fiscal Raúl Pleé, informaron a Télam fuentes judiciales.
Lo mismo ocurrió en Santa Fe con los seis detenidos por la denominada Causa Brusa. Según contó Stella Vallejos, querellante y delegada del Inadi, confirmó que se trabajó junto a los fiscales para detener, al menos este viernes, la liberarción de los represores.
La contramarcha
El fiscal en Buenos Aires presentó recursos extraordinarios de apelación con miras a llegar a la Corte Suprema de Justicia para evitar las excarcelaciones.
La decisión de Casación "pone en serio riesgo a la Nación Argentina de ser sancionada internacionalmente por arriesgar innecesariamente la concreción del debido proceso en causas en las que se ventilan graves violaciones a los derechos humanos".
"Existen sobradas muestras de la especial capacidad demostrada por los imputados de la comisión de crímenes durante la dictadura para ocultar y destruir pruebas e intimidar. Lo mismo se observa sobre los medios a su alcance para lograr la impunidad con su fuga", agregó.
Ahora, será la misma sala II del máximo tribunal del país la que determine, luego de dar intervención a todas las defensas, si habilita la apelación y abre el camino a que el tema sea tratado en la Corte Suprema.
Si los camaristas rechazaran los recursos, todos los represores quedarían en condiciones de salir en libertad y el fiscal tendría como última vía recurrir "en queja" al máximo tribunal, sin efecto suspensivo.
"Se trata de crímenes cometidos desde el Estado, por una asociación criminal compuesta por un vasto, complejo y poderoso entramado de sistemas delictivos integrados por numerosas personas que, aún hasta hoy, han conseguido permanecer impunes por estos delitos", agregó Pleé en el texto al que accedió Télam.
Y consideró que "la construcción de aquella impunidad tiene efectos procesales en las causas en trámite y continúa en desarrollo: todavía debe determinarse en cada investigación si las víctimas de desaparición forzada son efectivamente "desaparecidas" o asesinadas".
"Al perpetrarse los crímenes de lesa humanidad imputados se buscó sistemáticamente el ocultamiento de rastros del delito con la finalidad de lograr la impunidad futura", sostuvo.
Además, consideró que los argumentos usados para ordenar el cese de la prisión preventiva de los beneficiados por la sala II son "arbitrarios" y contienen "fundamentos sólo aparentes".
"Esta fiscalía considera que esa Sala ha realizado una incorrecta interpretación de las normas que regulan el instituto de la prisión preventiva y por ende la excarcelación", agregó Pleé.
Los camaristas firmantes del voto mayoritario, Guillermo Yacobucci y Luis García, hicieron "una aplicación inadecuada de la ley, motivo que la desvirtúa y torna inoperante".
Por ello, si Casación abre los recursos y el tema llega a la Corte, solicitará que este tribunal deje "sin efecto" la decisión porque "desvirtúa la finalidad de la ley que no fue aplicada tal como la concebía el legislador, realizando una interpretación que frustra el objetivo de las normas que regulan la prisión preventiva".
"En el caso, sin dudas fue seriamente conculcado el interés de la comunidad toda en que se haga efectiva la ley penal respecto de los delitos que aquí nos ocupan catalogados como delitos de lesa humanidad", fundamentó.
Pleé sostuvo que los plazos de la prisión preventiva -dos años con posibilidad de un tercero- no son automáticos y aludió al riesgo de fuga de los detenidos, a la posibilidad de entorpecer la investigación aún en curso y recordó que todavía hay prófugos en la megacausa ESMA.
Para el fiscal, con las liberaciones se pone en riesgo la posibilidad de debatir en un juicio oral "las responsabilidades criminales en orden a los graves delitos que en esta causa se ventilan (que, vale reiterarlo, han sido definidos como de lesa humanidad)", concluyó.

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